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  • Por: La Redacción
  • domingo 09 mayo, 2021

INSAPROMA pide SIE y CNE rechacen concesión definitiva a las barcazas de Seaboard

República Dominicana.-El Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA) ha notificado mediante acto de alguacil a la Superintendencia de Electricidad (SIE) y a la Comisión Nacional de Energía (CNE) su solicitud de rechazo al otorgamiento de concesión definitiva para explotación de las barcazas eléctricas flotantes en el río Ozama, Estrella del Mar II y Estrella del Mar III. En consecuencia, piden  a estas instituciones que rechacen la concesión definitiva de la licencia.

Se argumenta que tras la reciente resolución del Ministerio de Medio Ambiente que modificó la licencia ambiental de la Estrella del Mar II, ahora la empresa propietaria de las plantas, Seaboard Transcontinental, no puede cumplir con los requerimientos ni con los plazos para que le sea aprobada la concesión definitiva.

Los abogados de INSAPROMA, Euren Cuevas, Nelson Pimentel y Ernesto Mateo Cuevas, recuerdan en su escrito el aviso de interés público comunicado por la SIE en noviembre de 2020 donde se insinúa el interés de Seabord por conseguir la concesión definitiva para operar en el río Ozama y destaca que la reciente resolución de Medio Ambiente, donde modificó la licencia ambiental renovada de la planta, afecta directamente a los requisitos y plazos para conseguir el permiso.

En este sentido, INSAPROMA afirma que con la resolución de Medio Ambiente “no solo se rechazó la solicitud de modificación de licencia ambiental en los términos solicitados por Seaboard y de acuerdo con los requerimientos de la SIE para continuar con el proceso de solicitud definitiva, sino que redujo a dos años el plazo de la autorización ambiental previa sin que puedan ser renovados”. Es por ello, que los abogados deducen que “no hay forma posible que Seaboard cumpla con los requerimientos para conseguir la concesión definitiva, por lo que las autoridades deben pronunciarse y rechazar dicha solicitud”.

Por último, el instituto de abogados insta “por razones de hecho y de derecho” a que las Administraciones responsables del sector procedan con el rechazo a la solicitud “por no cumplir con los requerimientos correspondientes previstos por la normativa aplicable, muy específicamente las autorizaciones ambientales que permitían desarrollar dicho proyecto”.

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