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  • Economía
  • Por: djtv28
  • viernes 24 febrero, 2017

Yokasta Guzmán advierte a entidades públicas que no pueden contratar servicios si no tienen fondos.

El nuevo decreto  15-17 sobre cumplimiento de normativas en el gasto público se inscribe en las políticas del gobierno de apoyar a las Mipymes y a las mujeres, porque busca asegurar que cuando las instituciones públicas contraten a proveedores tengan los recursos para pagar a tiempo.

Esta afirmación la hizo la directora general de Compras y  Contrataciones Públicas, Yokasta Guzmán, al ofrecer una charla a servidores del Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), sobre los procedimientos y controles a seguir para el cumplimiento de la norma.

Guzmán aseguró que para el INFOTEP y demás entidades que trabajan en las diferentes regiones del país con pequeñas y medianas empresas, la medida implica reforzar el vínculo que tienen que tener con estos proveedores a fin de contribuir con su desarrollo.

“Este decreto conlleva una serie de pasos  que va a tener que dar la administración pública, pero es necesario que lo dé para que el proveedor sepa que su dinero está seguro, que hay un tiempo definido para pagar”, expuso la funcionaria.

Al dejar iniciada la charla sobre el decreto 15-17, el director general del INFOTEP, Rafael Ovalles, dijo que la socialización de la normativa ayudará a las diferentes áreas de la institución a trabajar con mayor transparencia en materia de gastos.

“Con esta charla buscamos que especialmente las personas que trabajan con compras y contrataciones se mantengan actualizadas y sepan cómo implementar los procesos”, refirió Ovalles.

Recordó el interés que tiene el presidente Danilo Medina de que el presupuesto tenga una distribución equitativa en todo el territorio, como lo establece la constitución.

El funcionario refirió que el decreto 15-17, contribuye con el proceso de descentralización de las compras, con lo cual el presidente Medina  refuerza su estrategia  de desarrollar la economía local.

La medida prohíbe a las instituciones públicas iniciar procesos de compras o contrataciones de bienes y servicios sin contar con el “Certificado de apropiación presupuestaria”, donde conste la existencia de balance suficiente en la cuenta presupuestaria que corresponda, por el monto total del egreso previsto.

También consigna que los entes y órganos públicos no podrán suscribir contratos ni órdenes de compras o de servicios si previamente no cuentan con el “Certificado de disponibilidad de cuenta para comprometer”.

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