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Sala Penal SCJ finalizó lectura íntegra del fallo que varió coerción caso Odebrecht.

Santo Domingo.- La Segunda Sala constituida en corte de Apelación consideró procedente variar las medidas a  siete de los involucrados en el caso Odebrecht y ratificarle la prisión preventiva a tres acusados de los acusdos que recurrieron la medida impuesta por el Juez de instrucción especial Francisco Ortega Polanco a trece apresados por el caso de sobornos.

El fallo fue leído la tarde de este miércoles durante casi 7 horas, se exponen las motivaciones que provocaron la variación de las medidas de Juan Temístocles Montás, Radhamés Segura, Andrés Bautista, Rudy González, Conrado Pittaluga, Máximo D´Oleo y César Sánchez por considerar que el Ministerio Público presentó inconsistencias en la instrumentación del expediente acusatorio.

También en la lectura del fallo, la corte explica las razones que motivaron ratificar las medidas  impuestas a Ángel Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa en las cuales mencionó la gravedad de los hechos, sus niveles de participación, así como el interés y el daño ocasionado a la sociedad.

La corte expresó además, que tanto la Procuraduría General de la República como el magistrado Ortega Polanco procesaron mal el caso, por un lado al primero se le comprobó que grabaron y divulgaron el video del arresto de los imputados, además de atribuirle firmas de contratos a imputados en momentos en que no ocupaban la función titular, como fue el caso de Andrés Bautista, también tipificaron a Conrado Pittaluga como funcionario cuando su función se limitó a ser un asesor del Estado, entre muchas más inconsistencias.

Mientras que por el otro lado consideraron que el magistrado Ortega Polanco hizo una incorrecta aplicación de la decisión del Tribunal Constitucional respecto al carácter vinculante de las decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

En la lectura del fallo se incluyó la motivacion de los votos disidentes de los jueces Hiroito Reyes y Esther Agelán Casasnovas los cuales tenían distintas direcione.

Por un lado, el juez Reyes consideró que a Díaz Rúa y Rondón Rijo se les debió variar la prisión por arresto domiciliario y colocación de un brazalete electrónico, así como libertad bajo fianza.

Sin embargo, la magistrada Agelán Casasnovas en su voto disidente establecia que había elementos suficientes para ratificar la prisión preventiva a los imputados, exceptuando a César Sánchez y Máximo D’Oleo fundamentados en las condiciones de salud de Sánchez, así como en los presupuestos presentados por D’Oleo.

Por último, la presidenta de la Sala Penal, Miriam Germán, dijo, luego de finalizar la lectura del texto que el mismo será entregado en físico a las partes el viernes 28 a las 9:00 de la mañana, luego de que se le realicen algunas correcciones de forma no de fondo.

 

 

 

 

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