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  • Política
  • Por: La Redacción
  • jueves 19 julio, 2018

Tribunal Electoral ordena al PRD permitir entrada de Guido y su gente a los locales del partido.

En la sentencia 014-2018, adoptada con los votos disidentes de Cristian Perdomo Hernández y Ramón Madera Arias, se le otorga un plazo de 15 días calendario al PRD, para que cumpla con lo ordenado

SANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó este jueves, mediante sentencia, al Partido Revolucionario Dominicano (PRD) permitir la entrada a sus locales de Guido Gómez Mazara y sus seguidores, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo II del artículo 4 del estatuto del partido.

El mandato al PRD fue dispuesto luego de que la alta corte acogiera un recurso de amparo que depositó Gómez Mazara contra el partido y los señores Miguel Vargas Maldonado (su presidente), y Francisco Antonio Peña Guaba, secretario general, en fecha 12 de julio de este año.

En la sentencia 014-2018, adoptada con los votos disidentes de los magistrados Cristian Perdomo Hernández y Ramón Madera Arias, se le otorga un plazo de 15 dias calendario al PRD, a partir de la notificación, para que cumpla con lo ordenado.

El fallo establece también que después de vencido el plazo otorgado y si la parte accionada no cumple con lo dispuesto impone al PRD un astreinte de RD$1,000 diario “por cada día que persista en el incumplimiento, y ordena su liquidación en provecho del accionante, Guido Orlando Gómez Mazara.

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