SANTO DOMINGO, RD.-La empresa telefónica Claro explicó este jueves que las empresas de telecomunicaciones solo pueden realizar interceptaciones telefónicas cuyas solicitudes sean ordenadas por un juez.
En un comunicado, la empresa señala que “una vez recibida la instrucción judicial, el procedimiento establece que las telefónicas solo deben facilitar la conexión técnica al organismo de investigación encargado de realizar la interceptación, y que por lo tanto, no corresponde a las prestadoras validar la titularidad del número interceptado, ni participar en la recolección de ningún tipo de registro resultante de ese proceso.”
Indicó que, según lo establece la legislación y el precedente del Tribunal Constitucional, a las prestadoras de servicios de telecomunicaciones se les imponen obligaciones de mantener el secreto y la confidencialidad de las solicitudes de interceptaciones que se hacen amparadas en órdenes judiciales, así como de todos los datos relacionados con las investigaciones realizadas por el Ministerio Público.
Agregó que en su trayectoria de más de ocho décadas de operación en la República Dominicana, la empresa se ha destacado por ser fiel cumplidora de las leyes y regulaciones vigentes, caracterizándose por ser un ciudadano corporativo responsable y respetuoso de la ética empresarial.
Claro ofrece esa explicación, luego de que un tribunal le ordera a la empresa entregar a la magistrada Miriam Germán la documentación relacionada con la intervención de su teléfono por parte del Ministerio Público, como lo había solicitado a Claro la jueza de la Suprema Corte de Justicia, tras sostener un incidente con el procurador general Jean Alain Rodríguez, al momento de ser sometida a una evaluación por el Consejo Nacional de la Magistratura.