SANTO DOMINGO, RD.-El Secretario de Transporte del Partido Reformista Social Cristiano reveló que la Procuraduría General de la República, ha utilizado desde el mes de febrero del año 2017 hasta la fecha, la totalidad de los recursos provenientes de las multas de Transito, establecidos en la ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, en franco desacato al artículo 298 de esa legislación.
Mario Díaz explicó que ese artículo establece que sólo el 75 por ciento de los recursos recaudados por el pago de las multas de tránsito, pertenecen a la Procuraduría General de la República y que el restante 25 por ciento, será utilizado para la aplicación de la ley 63-17, en beneficio de los usuarios y operadores del servicio del transporte de pasajeros y de carga, por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), por lo que reclama la correcta distribución de dichos recursos por parte de la Procuraduría General de la República.
Diaz señaló, que además el artículo 360 de la ley 63-17 sobre Transito, claramente establece la derogación de la ley número 12-07 del 24 de enero del año 2007, que en su artículo número 3 creó un "fondo especial para la aplicación y desarrollo del Nuevo Modelo Penitenciario, a cargo de la Procuraduría General de la República", para administrar todas las cobranzas obtenidas de las multas recaudadas por la indicada institución, a través de la aplicación de esa ley.
Agrega que según una comunicación de fecha 07 de marzo del presente año, la Procuraduría General de la República, a través de su Oficina de Libre Acceso a la Información Pública, atendiendo a una solicitud de fecha 28 del mes de enero del 2019, hecha por la Compañía Nacional de Chóferes y Trabajadores del Transporte Social Cristiano (CONACHOTTRANSC), sobre el uso dado por la Procuraduría General de la República a los recursos recaudados por esa institución en virtud a lo establecido en el artículo 298 de la ley 63-17, la Procuraduría General de la República estableció textualmente que:
"los fondos indicados en el artículo 298 de la Ley de Movilidad y Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Núm. 63-17, del 21 de febrero de 2017, son destinados para sufragar los gastos del Sistema Penitenciario Dominicano, específicamente para dar mantenimiento a los centros penitenciarios y ejecutar mejoras continuas de las condiciones de dichos centros, así como para desarrollar nuevos centros penitenciarios en todo el territorio nacional, los cuales deben cumplir con las características y condiciones que prevé las Reglas Nelson Mandela aplicados al Nuevo Modelo Penitenciario. Todo esto con el objetivo de proteger y garantizar los derechos inherentes a los seres humanos recluidos, conforme se establece en la Ley sobre precios de multas, Núm. 12-07, del 24 de enero del 2007″.