Un reglamento que establece el procedimiento administrativo mediante el cual pueden ser sancionadas prácticas ilícitas en el comercio, está contenido en el decreto emitido por el presidente Danilo Medina, para que el Ministerio de de Industria, Comercio y Mipymes, pueda actuar en consecuencia.
El decreto, emitido el pasado viernes y divulgado por el MICM este domingo en un comunicado, explica que el reglamento norma el procedimiento administrativo para el ejercicio de la potestad sancionadora de la institución, establecida en la ley que la reorganiza
El nuevo Reglamento define la infracción como “toda acción u omisión proveniente de un infractor, la cual supone incumplimiento de las disposiciones contenidas en la base normativa aplicable al MINC o incumplimiento material de los títulos habilitantes, permisos o autorizaciones administrativas, o de los contratos de concesión suscritos por los sujetos de regulación de dicha institución”.
El texto da al MICM el procedimiento para ejercer la facultad de aplicar sanciones administrativas, que van desde una amonestación pública hasta la imposición de multas consistentes en determinada cantidad de dinero expresada en salarios mínimos legales o un monto cuantificado según establece la ley.
La escala de sanciones a las que puede recurrir el MICM son: amonestación, multa, decomiso, cierre o clausura de establecimientos o instalaciones; demolición de estructuras; retiro o retención de equipos, instalaciones o accesorios; prohibición o paralización definitiva de actividades u obras, e internamiento de vehículos.
Además, suspensión o revocación del correspondiente título habilitante; cualquier otro establecido en disposición legal vigente y vinculante para el Ministerio, apunta la nota.