SANTO DOMINGO.- El jurista Julio Cury reiteró hoy que el vigésimo transitorio constitucional del “nunca jamás” quebrantó el derecho de igualdad del Presidente Danilo Medina, quien no habría hecho “ni más ni menos que lo que hicieron sus predecesores”, Hipólito Mejía y Leonel Fernández.
Sostuvo que esos dos dirigentes políticos también se repostularon, como lo hizo Medina.
Cury manifestó que la omisión de Mejía y Fernández en dicho transitorio generó “un problema subsumible en el derecho de igualdad, pues le imputó a tres supuestos de hecho equiparables consecuencias jurídicas distintas”.
Precisó que la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Políticos disponen que todos deben tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
El doctor Cury dijo que al restringirle optar en el 2020 a Medina y no así a Mejía y Fernández, a quienes también se les debió prohibir aspirar, “se violó el derecho igualitario de participación política al jefe de Estado, considerando además que la toma de decisiones colectivas es la esencia del principio democrático”.
Citó la sentencia 2771 del 4 de abril del 2003 de la Sala Constitucional de Costa Rica que habría considerado lo siguiente: “El derecho de elección, como derecho político, constituye un derecho humano de primer orden, y por tanto, un derecho fundamental, y la reelección constituye una garantía del derecho de elección, pues le permite al ciudadano tener la facultad de escoger, en una mayor amplitud de posibilidades, los gobernantes que estima convenientes”.