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  • Política
  • Por: La Redacción
  • jueves 05 septiembre, 2019

PRSC pide a JCE celebrar audiencia pública conocer aspectos leyes electorales

El Partido Reformista Social Cristino (PRSC) solicitó hoy a la Junta Central Electoral (JCE) mediante una instancia dirigida al presidente de esa institución, doctor Julio César Castaños Guzmán, la celebración de una audiencia pública del pleno para conocer aspectos no definidos por las leyes 33-18 de Partidos Políticos y la 15-19 de Régimen Electoral, como son la aplicación de la cuota de género en el nivel municipal y el plazo para el depósito de candidatos de las reservas.

El presidente del PRSC, Quique Antún, también solicita en la instancia que se conozca el plazo para depositar los documentos de la candidatura vicepresidencial y de alcaldes o alcaldesas, “y otros aspectos no definidos en las referidas leyes”.

En la comunicación solicitan a la JCE resolutar cómo se aplicará la cuota de género del 40% – 60% “sin que se violente la ley o evitar que las postulaciones sean rechazadas por no cumplir con esta disposición”.

En ese sentido, dice que en la actualidad del total de los doscientos treinta y cinco distritos municipales, sólo quince tienen cinco vocales, “y en cambio, doscientos veinte tienen tres vocales”.

El líder reformista explica en su instancia que la ley de partidos establece en su artículo 53 sobre cuota de género que la forma y mecanismos de escogencia de las y los candidatos a puestos de elección popular, respetará en todo momento los porcentajes a cargos electivos que esta ley establece para hombres y mujeres, de no menos del 40% y más del 60%.

Agrega asimismo que el párrafo I de dicha ley establece que la JCE y las Juntas Municipales “no admitirán lista de candidaturas para cargos de elección popular que contengan menos del cuarenta por ciento (40%) y más del sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres”.

“Se complica aún más, porque el artículo 136 de la Ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral, estableció que la cuota de género debe calcularse sobre la propuesta de candidaturas a nivel nacional”, agrega.

Quique Antún solicita, además, que el pleno de la Junta Central Electoral informe a los partidos políticos cuál es el plazo máximo para presentar las candidaturas reservadas en los casos de alianzas o coaliciones de partidos.

En ese orden, señala que el artículo 126 de la Ley 15-19 de Régimen Electoral establece el plazo para suscribir fusiones, alianzas o coaliciones, “que no será menor de 90 días antes de la fecha de las elecciones; pero el párrafo II del Artículo 58 de la Ley 33-18 sobre Partidos, dice que las candidaturas reservadas deberán ser inscritas en la JCE en igualdad de condiciones que las candidaturas seleccionadas en los procesos internos celebrados para la escogencia de los candidatos que participarán en las elecciones generales”.

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