REPÚBLICA DOMINICANA.-El Tribunal Constitucional conoce hoy varios recursos entre ellos dos a favor de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y Ley de Régimen Electoral que castigan el transfuguismo.
El pleno de la Alta corte debatirá además un recurso contra la Jefatura de la Policía Nacional contra el oficial Faustino Solís D´Oleo, del primero de abril de este año.
A continuación los expedientes que conoce este lunes el Tribunal Constitucional:
- Expediente: TC-01-2019-0046 Accionante: Faustino Solis D’Oleo. Acto atacado: Orden núm. 37151, emitida por la Policía Nacional el primero (1ro) de abril de dos mil diecinueve (2019). Autoridad de la cual emana el acto atacado: Policía Nacional.
- Expediente: TC-01-2019-0047 Accionante: Alexis Montilla Reynoso. Acto atacado: Auto núm. 1264-2019, emitido por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís el veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecinueve (2019). Autoridad de la cual emana el acto atacado: Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís.
- Expediente: TC-01-2019-0048 Accionante: Daniel Beltré Acosta. Normas y acto atacados: Artículo 49, numeral 4, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de fecha trece (13) de agosto de dos mil dieciocho (2018); el artículo 134, de la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, de fecha dieciocho (18) de febrero de dos mil diecinueve (2019); y el artículo 10, del Reglamento para la escogencia de candidatos y candidatas mediante convenciones o encuestas, dictado por la Junta Central Electoral el siete (7) de mayo de dos mil diecinueve (2019). Autoridades de las cuáles emanan las normas y el acto atacado: Cámara de Diputados, Senado de la República y Junta Central Electoral. Interviniente voluntario: Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
- Expediente: TC-01-2019-0050 Accionante: Leydi Corporán de Echavarría. Normas atacadas: artículo 134 de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral de fecha dieciocho (18) de febrero de dos mil diecinueve (2019); y el artículo 49.4 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, de fecha trece (13) de agosto de dos mil dieciocho (2018).