SANTO DOMINGO.-El Tribunal Superior Electoral se declaró incompetente para conocer el recurso de amparo interpuesto por el Partido Frente Amplio en contra del presidente de la República, Danilo Medina, y la directora del Plan Social de la Presidencia, Iris Guaba por supuestamente haber violentado la resolución 33-19 que regula la participación de los funcionarios públicos en la campaña electoral.
En ese sentido, declinó la acción al Tribunal Superior Administrativo.
Los jueces del Tribunal Superior Electoral entendieron que no son competentes para conocer la acción de amparo elevada por el Frente amplio con el fin de suspender los procesos de compra de electrodomésticos, alimentos y materiales de construcción que lleva a cabo el Plan Social de la Presidencia en el marco de la campaña electoral.
Frente a la decisión, adoptada a unanimidad por los jueces titulares del Tribunal Superior Electoral, los demandantes señalaron que valorarán la posibilidad de acudir ante el Tribunal Superior Administrativo ya que entienden que esa jurisdicción no es imparcial.
Los demandantes , criticaron que el presidente de la República, Danilo Medina y la funcionaria Iris Guaba, no asistieran de manera personal a la audiencia, sino que se hicieran representar por sus abogados.
De su lado, el delegado Político del Partido de la Liberación Dominicana, José Ramón Fadul manifestó que la demanda lo que persigue es sacar ventajas políticas en actual proceso electoral.
Con la decisión de esta jurisdicción electoral, el Tribunal Superior Administrativo se ve compelido a fijar la fecha en que conocerá esta acción de amparo.