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  • Economía
  • Por: Francisco Javier Mena
  • lunes 25 mayo, 2020

Constructores piden al CNSS cumplir artículo 50 de Ley 87-01 que crea Seguro de Desempleo

Consideran que con el Seguro de Desempleo ordenado en Ley Seguridad Social, no sería necesario utilizar Fondos de Pensiones para proteger trabajadores.

SANTO DOMINGO, RD.- Cinco ex presidentes de la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de la Vivienda (ACOPROVI), reclamaron el cumplimiento de lo establecido en el artículo 50 de la Ley de Seguridad Social 87-01, que ordena la creación del Seguro de Desempleo.

Fermín Acosta, Jaime González, José Rafael Rodríguez, Francisco González y Héctor Bretón, miembros de la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM), entienden que los trabajadores dominicanos deben estar adecuadamente protegidos con un Seguro de Desempleo, para que la situación que muchos atraviesan en el momento actual, por la crisis del Covid-19, no se repita en el futuro.

Explican que la primera distorsión que genera el planteamiento de que se pueda disponer hasta de un 30% de los fondos acumulados en las administradoras de Fondos de Pensiones, es el incumplimiento de la Ley 87-01, que rige el Sistema de la Seguridad Social, debido a que esta ley contempla la creación del Seguro para Desempleo y todo lo relativo a la Cesantía Laboral.

“En su artículo 50 se ordena al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) la creación del Seguro para el Desempleo y todo lo relativo a la Cesantía Laboral, dándole un plazo en el primer párrafo de 18 meses, a partir de la aprobación de la ley para dictar todas las normas complementarias que regulan todo lo concerniente a los aspectos de la cesantía laboral y en ese mismo plazo debieron de ponerse de acuerdo el Gobierno, los Empleadores y los Trabajadores”, explican.

Destacan que la normativa también ordena al Consejo de la Seguridad Social realizar los estudios actuariales de apoyo para las decisiones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

“Ya transcurrido estos 18 meses, el segundo párrafo ordena al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) a la creación del Seguro de Desempleo y a todo lo relativo a la cesantía laboral especificando muy claramente que los trabajadores no pierdan sus derechos adquiridos, por lo que es evidente con este planteamiento, no sería necesario la creación de una ley, ni de modificar la existente”, dicen los constructores en un documento enviado a la redacción de PROCESO.COM.DO.

Consideran oportuno señalar varios aspectos que tendrían consecuencias, por no haberse cumplido con este acápite de la ley, y entre ellos destacan que la cesantía en mano del patrón tiene el peligro -como es en esta ocasión- de que los fondos acumulados para los trabajadores se pierdan en muchas de las empresas que podrán desaparecer por los efectos de la Pandemia y con la nueva situación económica y social que genera la crisis, en virtud de que el trabajo ha cambiado.

“Muchos estaremos trabajando desde casa y otros de manera independiente. ¿Dónde estará el seguro de nuestro trabajo y quienes serán nuestros patronos si hacemos un trabajo de manera independiente?, El mundo ha cambiado y por eso llamamos a la reflexión de los tres sectores, convocados en la ley y en especial al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) que apostemos por el bienestar de los trabajadores, por encima de todos los intereses de los patronos, del gobierno y de los representantes sindicales”, agrega el documento.

Igual, explican que la acumulación de un fondo o de un seguro a nombre de cada trabajador de manera independiente, permitirá que estos recursos estén a favor del trabajador y podrán servir como garantía y aval para beneficio del trabajador, que ha acumulado a través del tiempo, como puede ser parte del inicial de su vivienda, préstamo de emergencia y para situaciones como la actual que lo pueden sorprender como la suspensión o pérdida de su trabajo.

Dicen que la creación del Seguro de Desempleo, y de un fondo de protección para la cesantía laboral del trabajador, evitará un gran porcentaje de las reclamaciones laborales, así como los reclamos de las grandes cantidades de trabajadores que muchas veces no están protegidos, como es el caso de algunos trabajadores del sector público.

Aseguran que dicho seguro haría más competitiva la mano de obra dominicana y pondría el país en condiciones de competir con otras naciones que no tienen una carga laboral tan alta, de manera que podría ayudar a producir más trabajo y empleo en la República Dominicana, por lo cual se mejoraría la calidad de vida de los trabajadores y podrían incluirse de forma adecuada y gradual muchos trabajadores informales haciendo sus ahorros directos a este fondo de desempleo.

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