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  • Política
  • Por: La Redacción
  • sábado 04 julio, 2020

JCE acata sentencia del TSE sobre horario de votación que regirá en elecciones del 5 de julio

La sentencia deja sin efecto la decisión de la Junta Central Electoral que impedía ejercer el voto más allá de las cinco y 30 de la tarde, aunque se estuviera en fila.

Santo Domingo, RD.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), acató este sábado en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia TSE-699-2020, emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE), en fecha 4 de julio de 2020, donde ordena que se permita el voto a todos los electores que lleguen a los colegios electorales antes de las cinco de la tarde.

La sentencia deja sin efecto la decisión de la Junta Central Electoral que ordenaba el cierre de los colegios electorales a las cinco pasado meridiano y que a partir de ahí sólo podían ejercer el voto los electores en fila hasta las cinco y 30 de la tarde.

El comunicado de la Junta Centra Electoral dice lo siguiente:

“La Junta Central Electoral hace de público conocimiento que acata en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia TSE-699-2020 emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) en fecha 4 de julio de 2020; al mismo tiempo, y en atención a la indicada decisión, con respecto al horario de votación que regirá para las elecciones de mañana 5 de julio de 2020, instruye lo siguiente:

PRIMERO: Ordenar, a fin de garantizar la transparencia y la integridad del proceso electoral, que a las cinco de la tarde (5:00 pm) se cierren las puertas de los recintos de votación habilitados, con el propósito de que no ingrese al recinto ningún elector a partir de esa hora. En consecuencia:

  1. a) En caso de que el día cinco (5) de julio de dos mil veinte (2020) a la hora del cierre de la votación, es decir a las cinco de la tarde (5:00 pm) hubiere electores en la fila del colegio electoral, el presidente del colegio ordenará que no se permita a nadie más ingresar a dicha fila, según lo previsto en el artículo 230 de la Ley núm. 15-19;
  2. b) De inmediato, el presidente del colegio acompañado del segundo vocal y los delegados acreditados procederá a contar las personas en la fila y a recoger las cédulas de cada una de ellas, las cuales quedarán en poder del presidente del colegio. Una vez hayan sido recogidas las cédulas no se permitirá a ningún elector entrar a la fila del colegio electoral, lo cual deberá ser garantizado por el presidente del colegio con el auxilio de la Policía Militar Electoral;
  3. c) Los electores cuyas cédulas fueron recogidas se presentarán a ejercer el sufragio en el mismo orden de la fila, hasta concluir con el último de ellos. Todo lo anterior deberá ocurrir en un tiempo objetivamente razonable a la luz de la práctica electoral nacional y comparada y por la situación de salud que actualmente impera en República Dominicana”.

PÁRRAFO: En la medida que cada elector en esta condición se presente por ante el presidente del colegio a ejercer el sufragio, el funcionario del mismo confirmará la identidad del votante y dirá en alta voz el número de orden en el padrón a los fines de que los delegados puedan confirmar que se trata de una persona hábil para votar porque se encuentra registrada en el padrón del colegio. Cuando el último de los electores cuya cédula fue previamente recogida haya ejercido su derecho al sufragio, el presidente del colegio electoral declarará cerrada la votación e iniciará el procedimiento de escrutinio.

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