República Dominicana.-El abogado y exdirector de Migración, José Ricardo Taveras Blanco, alertó al presidente Luis Abinader y al Congreso Nacional, que hagan oídos sordos a los consejos de los sectores que a través del Instituto Nacional de Migración (INM) le están instando a asumir los términos de la “Declaración de Cartagena sobre Refugiados” (1984), no incorporada como norma de derecho interno.
El exdirector general de Migración se motivó a hacer la denuncia porque una de las excusas de las que se valdrán dichos sectores, es precisamente plantear una solución a la situación de los venezolanos en la República Dominicana.
Esto “nos llevaría a contraer obligaciones internacionales que irían mucho más allá de las que consigna la Convención sobre el Estatuto de los Refugiado (1951), situación que no podría pasar sin comprometer gravemente el destino de nuestra identidad y la soberanía nacional”.
Taveras Blanco citó que la Declaración de Cartagena amplía el concepto de refugiado a la protección de todo extranjero que haya “huido de su país, porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”.
“Sería un instrumento perfecto para justificar la intervención de la comunidad internacional en el proyecto de poner sobre los hombros del contribuyente dominicano el amortiguamiento del infinito universo de crisis que representa Haití, cuyo Estado y élites, en vez de ejercer la responsabilidad que debe en el control migratorio, estimula la expulsión de población, lo que la convierte ya no en un fenómeno migratorio, sino en un problema de seguridad nacional, frente al cual, lamentablemente, brilla por su ausencia una política de Estado que oriente nuestras políticas frente a Haití”.
Taveras Blanco, también secretario general de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), le recordó al presidente Luis Abinader que de conformidad con el artículo 93-1-g de la Constitución, la competencia para “establecer las normas relativas a la migración y el régimen de extranjería” le competen exclusivamente al Congreso Nacional, “razón por la que, dado el carácter coyuntural y obviamente transitorio de la migración venezolana, cualquier solución que la impacte deberá ser abordado por una ley especial que habilite al Poder Ejecutivo a tomar las medidas especiales y transitorias que sean necesarias para ello.
Sin embargo dijo que dichas medidas especiales y transitorias, no deben pasar de un protocolo que permita, que previa depuración, se les otorgue el correspondiente visado en el territorio nacional, a fin de facilitar su encarrilamiento en la legalidad migratoria conforme a la ley 285-04.”
El exdirector general de Migración externó sus inquietudes a propósito de lo dicho por el cantautor Ricardo Montaner, de que el presidente de la República se apresta a dar a conocer medidas a favor de los migrantes venezolanos, de las cuales expresó “ser partidario, siempre y cuando el Estado se prevalezca de la soberanía que le otorga el estatuto reservado de los Estados, de decidir a discreción sus políticas migratorias y que no implique la posibilidad de que la comunidad internacional meta sus narices donde no debe”.
Dice que “no quisiera que el presidente sea inducido al error de brindar una agradable sorpresa a la comunidad venezolana y que al hacerlo sorprenda inadvertidamente a los dominicanos con un chocolate envenenado”.
Ley especial
José Ricardo Taveras expresó que se puede hacer una ley especial para la situación específica de los venezolanos, que según se ha medido no pasan de 40,000, lo que no implicaría ningún tipo de privilegio en favor de dicha comunidad.
“Primero, porque se acaba de implementar un plan de regularización que favoreció al universo de los extranjeros radicados ilegalmente en el país, al cual no pudieron acogerse los venezolanos que han arribado con posterioridad a dicho evento, al recrudecerse y consolidarse la dictadura de Maduro”.
En segundo lugar, explica que “la distinción con que se abordará el problema en su favor, exclusivamente, se encuentra perfectamente ubicada dentro de los criterios de igualdad y no discriminación contemplados por los parámetros internacionales, que refieren que no existe discriminación en los casos en que la diferenciación sea razonable, objetiva y que procuren un objetivo legítimo, razón por la que superaría con creces cualquier test de igualdad”.
Y, “tercero, porque se lo debemos por reciprocidad, los venezolanos han alojado los dominicanos en sus vicisitudes desde la fundación de la República, destacando entre sus acogidos el propio padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, cuyos despojos mortales aún deben contener rastros de tierra venezolana”.