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  • Por: La Redacción
  • viernes 27 noviembre, 2020

Ministerio Público sancionará al lanzador Carlos Martínez, quien caravaneó con La Perversa

El fiscal de Puerto Plata agregó que las multas por violación flagrante se limitaron a Dennisse Michelle Tejeda (La Perversa), así como a Jean Mario Dujarric Pérez, Jordania Vanessa Sarita Santos y Enmanuel Marino Valeyron López en el denominado Circuito POP y/o Caravana que se desplazó por los sectores del municipio San Felipe, provincia Puerto Plata.

PUERTO PLATA.- El fiscal titular de Puerto Plata Osvaldo Bonilla, informó hoy que el Ministerio Público gestiona una sanción contra el pelotero Carlos Martínez (El Tsunami), lanzador de los Cardenales de San Luis y las Águilas Cibaeñas, por su participación en una congregación multitudinaria que infringió las disposiciones oficiales para la prevención de la Covid-19.

El magistrado Bonilla explicó que hasta ahora el jugador de Grandes Ligas, quien este año perdió tiempo de juego debido a que padeció de Covid-19, no ha sido sancionado, porque, aunque se le ve en videos de la actividad, los agentes de policía actuantes no lo apresaron ya que se había movido del lugar.

Por tanto, agregó, las multas por violación flagrante se limitaron a Dennisse Michelle Tejeda (La Perversa), así como a Jean Mario Dujarric Pérez, Jordania Vanessa Sarita Santos y Enmanuel Marino Valeyron López en el denominado Circuito POP y/o Caravana que se desplazó por los sectores del municipio San Felipe, provincia Puerto Plata.

“Ahora lo que el Ministerio Público está haciendo es requiriendo ante el tribunal los procesos pertinentes para también llamar al pelotero, como a los que organizaron el evento, que también deben tener una sanción”, dijo el fiscal de Puerto Plata en declaraciones para el programa La Súper 7 en la Mañana.

Explicó que las multas aplicadas a las personas citadas, que también debieron presentar disculpas públicas, se ampara en el estado de excepción aprobado en el Congreso y, en ese contexto, en la Ley General de Salud (42-01), que en su artículo 153 establece multas de uno a 10 salarios mínimos para los infractores.

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