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  • Por: La Redacción
  • martes 16 marzo, 2021

Juristas aconsejan incluir las tres causales del aborto en proyecto de reforma del Código Penal

Alegan que cuando el embarazo constituye un peligro para la vida de la persona, protege el derecho a la vida y la salud de la mujer.

SANTO DOMINGO, RD.- Los juristas contratados por el Poder Ejecutivo para estudiar el proyecto de modificación del Código Penal expresaron, a través de su documento de observaciones de la pieza, que la interrupción del embarazo bajo tres causales es constitucionalmente válida.

Explicaron que la primera causal, cuando el embarazo constituye un peligro para la vida de la persona, protege el derecho a la vida y la salud de la mujer.

Agregan que la segunda, cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida; salvaguarda la integridad física de la mujer, mientras que la tercera, si el embarazo es engendrado vía incesto o violación sexual, cuida la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de las afectadas.

En su reporte, la comisión solicitó incluir las tres causales en el artículo 110 del Código Penal, sugiriendo que este apartado se lea de la siguiente forma:

“Artículo 110. Eximentes.- No son conductas punibles cuando, con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo practicado por el personal médico especializado en establecimientos de salud, públicos o privados se produzca en los siguientes casos:

Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico;  cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de violación sexual o incesto o de la realización de reproducción asistida no consentida.”

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