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  • Por: La Redacción
  • jueves 17 febrero, 2022

Resaltan beneficios de Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones e importancia de que TSE conozca sus requisitos

Manifestó que ve con beneplácito que, a nivel del Congreso Nacional, se está propugnando una nueva Ley que modifique o que derogue, lo que los veedores del sistema ven en la Ley como muchos obstáculos.

República Dominicana.-El presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, resaltó la importancia de que los servidores de esa alta corte conozcan   los requisitos que establece la Ley 340-06, en lo que concierne a la Compras y Contrataciones.

“Desde el punto de vista del desarrollo de una sociedad, hay que tomar en cuenta lo que es el sector privado y lo que es el Estado, ambos son la parte primordial del desarrollo sostenible de una sociedad, pero que al competir lo hacen con desigualdad”.

Dijo que el sector privado no tiene que esperar para la adquisición de bienes y servicios, mientras que el Estado tiene que agotar los procedimientos que establece la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones. 

Sostuvo que el objetivo del taller “Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas”, es reforzar los conocimientos de los servidores en lo que respecta a las normativas y estructuras del sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.

Manifestó que ve con beneplácito que, a nivel del Congreso Nacional, se está propugnando una nueva Ley que modifique o que derogue, lo que los veedores del sistema ven en la Ley  como muchos obstáculos.

Camacho Hidalgo se expresó en esos términos al dejar abierto el taller coordinado por el Centro de Investigación y Capacitación de Justicia Electoral y Democracia (CICJED) del TSE.

En ese orden el director General de Compras y Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, dijo que la Ley 340 -06 fue impulsada por dos hechos importantes el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, (DR-CAFTA) y en segundo lugar el movimiento anti corrupción en el país.

Dijo que, al día de hoy en las leyes de contrataciones públicas no son leyes anticorrupción, y que deben tener disposiciones que garanticen control y transparencia, pero que su objeto es garantizar, la adquisición de bienes y servicios, para el desarrollo y garantizar la vida digna de la gente.

Proyecto de ley

El director de Contrataciones Públicas manifestó que tienen listo un anteproyecto de ley, que fue presentado a la mesa de transparencia e institucionalidad en la reunión del Consejo Económico y Social (CES) y   adelantó que,  en el discurso del 27 el presidente de la República, Luis Abinader, en su rendición de cuentas, anunciará su introducción al Congreso.

El taller contó con la asistencia de los jueces titulares   integrado por Juan Alfredo Biaggi Lama, Rosa Pérez de García, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz.  Además de directores y encargados de áreas del TSE.

Los temas abordados fueron procedimientos de contrataciones, etapas comunes a todos los procedimientos, comité de compras y contrataciones, procedimientos de selecciones ordinarias y de excepción.  

También el abordaje del registro de proveedores del Estado, enmarcados en el alcance y registro de inscripción del PRE, así como las prohibiciones para contratar con el Estado, el sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (portal Transaccional) y el decreto 350-17.

Los expositores del taller fueron Ruth Henríquez, subdirectora general de Compras y Contrataciones Públicas; Mercedes Eusebio, directora de Políticas Públicas; Wilcady Dime, directora Servicio al Usuario y Mabel Infante, asistente del director. 

La Ley 340

La ley en su artículo uno establece que, “Tiene por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse, por lo que el Sistema de Contratación Pública está integrado por estos principios, normas, órganos y procesos que rigen y son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones, así como sus Modalidades”.

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