Santo Domingo, RD.- El Pleno de la Junta Central Electoral advirtió este viernes al Partido de la Liberación Dominicana que la consulta interna a realizarse el 16 de octubre próximo para la escogencia de su candidato presidencial no tiene un carácter vinculante definitivo.
A través de un comunicado, el órgano rector de comicios aclara que los resultados de dicho proceso no definen la candidatura presencial de esa organización de cara las elecciones del 2024, explicando que el mismo, no imposibilita que cualquier militante morado pueda postularse.
Asimismo, la JCE recuerda que en la comunicación que envió el PLD a ese organismo dejó establecido que la consulta interna era solo consultiva.
En su comunicado, el órgano electoral además llama a las organizaciones políticas a ser prudentes y a observar los límites y prohibiciones de las leyes de Partidos Políticos de Régimen Electoral, reiterando que la campaña electoral no ha iniciado de manera formal.
64 Juntas Electorales
De igual forma, el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) informo que dispuso mediante la resolución número 25/2022 la conformación preliminar de 64 Juntas Electorales, de cara al proceso de organización de las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024.
Tras emitir dicha resolución, el órgano electoral notifica a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas que, a partir de la publicación de la misma, disponen de un plazo de quince días hábiles para que ejerzan su derecho a presentar las impugnaciones a que haya lugar, respecto a las propuestas de las personas que fungirían como presidentes, vocales y sus suplentes en estas 64 Juntas Electorales.
En la evaluación de los perfiles de cada uno de los postulantes, la Junta Central Electoral tomó en cuenta la integridad, preparación, credenciales académicas, aspectos de conocimiento acerca de los asuntos de administración electoral, el género, así como también las sugerencias y planteamientos que realizaron todos los actores que participaron en el proceso para la estructuración, reestructuración y conformación de estas 64 juntas electorales.
Asimismo, la JCE excluyó a siete personas evaluadas por tener procesos judiciales abiertos, en cumplimiento con el artículo 44 de la Ley 15-19 orgánica de Régimen Electoral que prohíbe que las personas con antecedentes penales o que se encuentren sub judice, sean parte de las juntas electorales. De igual forma, fueron excluidas doce personas por no alcanzar la edad de 25 años que exige el articulo 36 numeral 1 de la citada ley.
Estas 64 juntas electorales se suman a las 58 ya conformadas y ratificadas a través de la Resolución No. 19/2022 de fecha 11 de julio de 2022, últimas que fueron decididas por el órgano tras las impugnaciones presentadas, de forma definitiva.
Por lo tanto, las Juntas Electorales propuestas en la resolución 25/2022 son las de Altamira, Arenoso, Baitoa, Bajos de Haina, Bánica, Bayaguana, Boca Chica, Bohechío, Cabral, Cabrera, Cambita Garabitos, Castillo, Cayetano Germosen, Cevicos, Constanza, Consuelo, Cristóbal, Duvergé, El Llano, El Peñón, El Pino, El Valle, Estebanía, Eugenio María de Hostos, Fundación, Galván, Guananico, Guayabal, Guayacanes, Guaymate, Guayubín y Hondo Valle.
También, quedan conformadas de manera preliminar las Juntas Electorales de Imbert, Jánico Jaquimeyes, Jarabacoa, Jima Abajo, Juan de Herrera, Juan Santiago, La Descubierta, Las Guáranas, Las Matas de Farfán, Las Matas de Santa Cruz, Las Salinas, Las Terrenas, Las Yayas de Viajama, Los Hidalgos, Luperón, Maimón, Matanzas, Mella, Miches, Monción, Oviedo, Padre Las Casas y Pepillo Salcedo.
Completan la conformación provisional de las referidas 64 Juntas Electorales de la resolución 25/2022 las de Peralta, Peralvillo, Postrer Río, Pueblo Viejo, Quisqueya, Sabana Grande de Palenque, Sabana Yegua y Yamasá.
Las personas que resulten designadas de forma definitiva, luego del órgano electoral haber decidido las impugnaciones que hayan sido presentadas, deberán cursar el programa de formación y capacitación coordinado por la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC) de la Junta Central Electoral.
Las juntas electorales son órganos de la administración electoral que tienen una gran responsabilidad, en tanto a que los mismos son los llamados a arbitrar y realizar las elecciones en cada uno de los municipios del país y en el Distrito Nacional, todo lo cual requiere que dichos órganos se encuentren conformados por personas que cuenten con la suficiente integridad y preparación que garantice la libertad, transparencia, equidad y objetividad de las elecciones.
La JCE ha venido trabajando con tiempo y de forma oportuna, a los fines de organizar las elecciones de 2024 como lo establece la Constitución de la República y las leyes; es por ello que este órgano, inició en el mes de octubre de 2021 los trabajos de evaluación, estructuración, reestructuración y conformación de las juntas electorales, mediante un cronograma de trabajo que incluyó visitas a los distintos municipios del país y en el Distrito Nacional.