La presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional acogió como buena y valida la sentencia mediante la cual se embargan los fondos a la Universidad Autónoma de Santo Domingo, UASD, y se le ordena pagar las prestaciones laborales a varios empleados cancelados, por un monto de RD$9,297,155.66
Mediante la Ordenanza civil 504-2022-SORD-1481, el referido tribunal y, a pesar de lo establecido en las leyes respecto a la inembargabilidad de los fondos públicos, por tratarse del pago de prestaciones laborales, el tribunal rechazo el pedimento de las autoridades de la UASD para que se le retire el embargo a sus fondos y ordeno el pago de las prestaciones y las costas a los abogados defensores de la señora Juana Altagracia Chapman Bautista.
"En el caso que nos ocupa, si bien los bienes que integran el patrimonio de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, UASD, conforme a la ley 14 de 1978 son inembargables, lo cierto es que existe una excepción a dicho estatuto, tal y como lo ha reconocido el Tribunal Constitucional al establecer que la inembargabilidad de los fondos del Estado no debe extenderse a los créditos laborales, pues con ello se eliminaría la posibilidad de cobrar las prestaciones laborales adeudadas y reconocidas y el derecho fundamental al trabajo y sus garantías y el derecho del trabajador a ser retribuido por el trabajo realizado a favor del Estado y sus instituciones", reza el dispositivo de la Cámara en uno de sus considerandos.
Así mismo el dispositivo legal también establece que la UASD debe pagar los honorarios de los abogados de la parte demandada, la ex empleada que embargara las cuentas de le entidad educativa, y mantiene el embargo sobre dichas cuentas hasta tanto le sean pagadas las prestaciones laborales exigidas.