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  • Política
  • Por: Juana Hernández
  • viernes 28 julio, 2023

Juntazo! JCE reconoce partidos de Julio César Valentín y Antonio Marte; rechaza 106 solicitudes

Entre las organizaciones que sí obtuvieron el reconocimiento se encuentran el Partido Primero la Gente (PPG) y el Partido Justicia Social (PJS).

SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral (JCE) anunció este viernes que otorgó el reconocimiento a dos partidos políticos que cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

El Partido Primero la Gente (PPG), representado por Antonio Marte, y el Partido Justicia Social (PJS), que preside Julio César Valentín, son los nuevos reconocidos mediante resolución 32-2023.

"Se otorga el reconocimiento por haber cumplido con todos y cada uno de los requisitos establecidos por la ley", indica el comunicado de la JCE.

Por primera vez en la historia, la JCE recibió tantas solicitudes de organizaciones que buscaban ser reconocidas como entidades políticas. Sin embargo, tras un exhaustivo análisis, se determinó que 106 de ellas no cumplieron con los requisitos establecidos.

La resolución 35-2023 establece el rechazo a la solicitud de reconocimiento a: Partido Republicano Progresista Popular (PSPP), Movimiento Patriótico Republicano (MPR), Movimiento Rescate Democrático, Partido Compromiso Nacional (PCN), Partido Poder Ciudadano (Todos Podemos), Movimiento en Cadena, Partido Democrático Cristiano (PDC). Asimismo, la resolución 34-2023 rechaza la solicitud de reconocimiento al Partido Camino Nuevo (PCN).

En tanto que mediante la resolución 36-2023 se rechazaron las solicitudes de reconocimiento a las siguientes organizaciones: Partido Tecnopoder Popular (PTP), Movimiento Independiente (MI), Movimiento Patriótico Dominicano (MPD), Movimiento Político Arcoíris (MOPA), Partido Democrático Participativo Dominicano (PDPD), Movimiento Renacer Nacional (MORENA), Partido Avance Ciudadano (PAC), Partido Justiciero Democrático Dominicano (PJDD), Partido Nacionalista Dominicano (PND), Partido de Participación Democrática (PPD), Partido Nacionalista Dominicano (PND), Partido Comunitario Dominicano (PCD), Movimiento Dominicano Caminando con el Pueblo (MDCP), Movimiento Tiempo de las Bases (MOTIBA), Movimiento Comunitario de Desarrollo Municipal Santo Domingo Este (MCDM), Movimiento Independiente La Gran Familia Santo Domingo Norte (MIGRAFANSDN), Movimiento Ciudadano Libre (MCL), Partido Misión Amplia Alianza Sociopolítica (MAS), Partido Restauración Nacional (PRN), Partido Nueva Sociedad (PNS), Movimiento Social Unidad Provincial (UP), Partido Avance Democrático (PAD), Movimiento Político Comunitario Destino 2000, Proyecto de Unidad Municipal (PRUM), Partido Alianza Cristiana Nacional (ACN), Movimiento Guardianes del Cambio (MGC), Movimiento Político Nigua Crece Contigo, Partido Solución Nacional (PSN), Partido Visión Nación (PVN), Agrupación Política Revolucionaria Democrática Boschista (APRDB), Partido Voluntad de Todos (PVT), Movimiento La Esperanza del Pueblo (MLEP), Movimiento Triunfo Unitario (TU), Movimiento Cristiano Petromacorisano (MOCRISPEMA), Movimiento Municipal Santo Domingo Oeste La Otra Política, Movimiento Ciudadano Voluntario (MCV), Movimiento Quisqueya hacia el Futuro, Partido Solidaridad (PS), Movimiento Verde Revolucionario Francomacorisano (MVRF), Movimiento Igualdad del Distrito Nacional (MIDIN), Movimiento Alianza Comunitaria (MAC), Movimiento San Víctor para Todos (MST), Partido Renovador Reformista (PRR), Partido Cristiano de Coalición Social Demócrata (PCCSD), Partido por el Bienestar Dominicano (PBD), Partido Político Dominicanos con la Democracia y la Transparencia (DDT), Movimiento Futuro y Esperanza Nacional, Partido Nueva Generación (PNG), Movimiento Familiar de la Mujer dominicana y Movimiento San Francisco Sostenible (SFS).

La Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, establece en su artículo 20 numeral 25, como una de las atribuciones del Pleno de la JCE, decidir acerca del reconocimiento de nuevas organizaciones políticas, conforme a lo que establecen la ley que regula la materia y los estatutos que norman el desenvolvimiento interno de partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

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