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  • Por: Nino Germán Pérez
  • martes 03 octubre, 2023

Surge amenaza contra inversión extranjera y seguridad jurídica en Puerto Plata.

Puerto Plata.-Una "irregular y cuestionable sentencia" de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de esta provincia, que dispone la adjudicación y desalojo de 6 villas turísticas, ubicada en Cofresí, vuelve a poner en tela de juicio la seguridad jurídica en este destino y activa la alarma "y preocupación" de inversionistas extranjeros.

Así lo expresaron varias firmas de abogados, que calificaron como un adefesio Jurídico y un atentado a la inversión extranjera la sentencia de embargo inmobiliario emitida por el juez Nassin Eduardo Ovalle, presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Intancia de Puerto Plata, sin observar ningunas de las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva, a favor de a una compañía extranjera, sin Registro Nacional de Contribuyente ni Registro Mercantil, a pesar de tener operaciones comerciales en el país.

Los doctores Fernan Ramos Peralta y Tania Colombo, abogados de los propietarios "reales" de los inmuebles afectados por la decisión del juez Ovalle informaron que las violaciones al debido proceso van desde falta de notificación a los acreedores inscritos y causahabientes de la deudora con litis inscritas previas al registro del título ejecutorio y del embargo, violación al artículo 691 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, Irregularidad de fondo en el acta de embargo, entre otras faltas graves.

Tras anunciar que impugnará la decisión por todas las vías de derecho, los juristas expresaron que sentencias tan cuestionables como esa "hacen más daño que bien" a Puerto Plata como destino turístico y de inversión, ya que a su juicio, alejan la inversión en momentos en que el gobierno y el sector privado hacer un gran esfuerzo para recuperar el destino y atraer mayor capital a la Costa Norte.

"No entendemos cómo la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata pudo emitir una sentencia a favor de una sociedad extranjera, sin tan siquiera verificar si tenía personería jurídica y proceder a la adjudicación cuando en el procedimiento del embargo inmobiliario se vulneraron las más elementales formalidades de la ley de sociedad y del procedimiento de ejecución forzosa de inmuebles, como es la de notificar a los acreedores inscritos y causahabientes del deudor con litis registradas. Se han pisoteado las garantías fundamentales del Debido Proceso de Ley y la Tutela Judicial Efectiva. Es una sentencia que deja mucho que pensar de las partes involucradas, que debieron obrar de buena fe y apegadas a las buenas prácticas, así como del juzgador, que está en el deber de ser imparcial, prudente y justo", dijo el abogado Fernan Ramos Peralta, quien representa a los señores Hans y Anita Muster; David y Brenda Horton; Juan M. Muńoz y Heidy M. Moran, entre otros propietarios.

Los abogados Ramos y Colombo destacan que la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata se encuentra actualmente apoderada de sendas demandas en las que se cuestiona la validez de un pagaré notarial, una hipoteca en virtud de pagaré, el embargo inmobiliario y la sentencia de adjudicación.

Esas instancias, agregaron, también tienen como partes demandadas a las empresas ESMIRALDA SRL y MBI INSTITUT FUR MARKETINGBERATUNG, ambas empresas vinculadas entre sí y a los nombrados Alexander Schaufler, Esmeralda Borodi y la Sra Gertraute Schauffler, está última madre de Alexander; quienes tienen como abogado representante al Dr. Miguel Martínez.

Informaron que en adición a estas mencionadas demandas, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial de Santiago está actualmente conociendo otra relacionada con el levantamiento del velo corporativo, la oponibilidad de sentencia y la declaración de los bienes de las sociedades involucradas como parte del patrimonio de ESMIRALDA, SRL, así como una acción por daños y perjuicios.

Ramos Peralta confía en que sentencias como la denunciada no vuelvan repetirse por el daño que hacen a la credibilidad del sistema judicial, a la seguridad jurídica y el propio sector turístico.

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