Por: Alejandro SantosLa ley 1-24 aprobada recientemente por el Congreso dominicano y promulgada por el presidente Abinader tiene en sus entrañas aspectos que se prestan para limitar derechos fundamentales y para cometer abusos económicos o políticos sobre cualquier ciudadano dominicano desde el poder solo invocando el riesgo de la seguridad nacional.
En el artículo 9 de la referida ley se establece un amplio rango de atribuciones de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), en donde no se establece claramente un punto de partida verdaderamente justificado y objetivo el porqué una persona o una institución tenga que ser investigada, evaluada, controlada, depurada, acusada y apresada.En nombre de la seguridad nacional le permitirá al presente y futuros gobiernos actuar medalaganariamente para espiar a cualquier dominicano, es decir que el DNI podrá a partir de la ley 1-24 reclamar cualquier información en todos los ámbitos de la privacidad y del ejercicio profesional.La ley 1-24 es muy ambigua, llena de vacíos e imprecisiones que la hacen un instrumento no viable para su ejecución en el marco de los avances que ha logrado la República Dominicana en la lucha de las libertades y el derecho a la libre expresión.
¿Qué pasará cuando un dominicano denuncie actos irregulares de algún funcionario público haciendo uso de su derecho, según el numeral 5 de los Derechos de ciudadanía, que se refiere: “Denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño de su cargo”, podrá esto ser considerado bajo la manta del DNI como un atentado a la seguridad nacional? El artículo 11 de la ley 1-24 sobre entrega de información obliga a todas las instituciones privada o personas físicas hacer entrega obligatoria al DNI sin tener previamente una autorización de un juez , en consecuencia ¿Qué pasará con el artículo 44 de la Constitución Dominicana que garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada del individuo?¿Que pasará con el secreto profesional y el ejercicio del periodismo y la protección de su fuente? Son amplios y variados los aspectos de la ley 1-24 que perturban la vida democrática de nuestro país, y son válidos los argumentos de juristas en torno a las contradicciones con la Constitución Dominicana.
Dada todas las reacciones que se vienen suscitando de instituciones dominicanas y de especialistas en torno al rechazo de la ley 1-24, lo más recomendable es que el Tribunal Constitucional la declare inconstitucional y que se inicie de nuevo un proceso de consultas públicas para que realmente pueda salir una nueva ley fruto del consenso y mejor dotada para que sea un instrumento verdaderamente efectivo en la lucha por la seguridad nacional.