proceso.com.do
  • Opiniones
  • Por: Alejandro Santos
  • lunes 22 enero, 2024

Ley 1-24 todos los dominicanos sospechosos por seguridad nacional

Por: Alejandro SantosLa ley 1-24 aprobada recientemente por el Congreso dominicano y promulgada por el presidente Abinader tiene en sus entrañas aspectos que se prestan para limitar derechos fundamentales y para cometer abusos económicos o políticos sobre cualquier ciudadano dominicano desde el poder solo invocando el riesgo de la seguridad nacional.

En el artículo 9 de la referida ley se establece un amplio rango de atribuciones de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), en donde no se establece claramente un punto de partida verdaderamente justificado y objetivo el porqué una persona o una institución tenga que ser investigada, evaluada, controlada, depurada, acusada y apresada.En nombre de la seguridad nacional le permitirá al presente y futuros gobiernos actuar medalaganariamente para espiar a cualquier dominicano, es decir que el DNI podrá a partir de la ley 1-24 reclamar cualquier información en todos los ámbitos de la privacidad y del ejercicio profesional.La ley 1-24 es muy ambigua, llena de vacíos e imprecisiones que la hacen un instrumento no viable para su ejecución en el marco de los avances que ha logrado la República Dominicana en la lucha de las libertades y el derecho a la libre expresión.

¿Qué pasará cuando un dominicano denuncie actos irregulares de algún funcionario público haciendo uso de su derecho, según el numeral 5 de los Derechos de ciudadanía, que se refiere: “Denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño de su cargo”, podrá esto ser considerado bajo la manta del DNI como un atentado a la seguridad nacional? El artículo 11 de la ley 1-24 sobre entrega de información obliga a todas las instituciones privada o personas físicas hacer entrega obligatoria al DNI sin tener previamente una autorización de un juez , en consecuencia ¿Qué pasará con el artículo 44 de la Constitución Dominicana que garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada del individuo?¿Que pasará con el secreto profesional y el ejercicio del periodismo y la protección de su fuente? Son amplios y variados los aspectos de la ley 1-24 que perturban la vida democrática de nuestro país, y son válidos los argumentos de juristas en torno a las contradicciones con la Constitución Dominicana.

Dada todas las reacciones que se vienen suscitando de instituciones dominicanas y de especialistas en torno al rechazo de la ley 1-24, lo más recomendable es que el Tribunal Constitucional la declare inconstitucional y que se inicie de nuevo un proceso de consultas públicas para que realmente pueda salir una nueva ley fruto del consenso y mejor dotada para que sea un instrumento verdaderamente efectivo en la lucha por la seguridad nacional.

Más de Ver todas
Últinas Noticias
Boletín Semanal

Las noticias más relevantes de la semana en su email.

Tú contenido importa
Tú también puedes informar que pasa en tu comunidad o tus alrededores.
Videos, fotos y noticias para publicarla en nuestros medios.
Boletín Diario