República Dominicana.-La Suprema Corte de Justicia decidió absolver a Víctor Díaz Rúa y a Ángel Rondón del caso Odebrecht “por no haberse probado la acusación” por la que fueron condenados a 5 y a 8 años de prisión.
Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo fueron condenados por lavado de activos provenientes del enriquecimiento ilícito y soborno, en el caso Odebrecht “, por no haberse probado la acusación, como lo manda el artículo 337 numeral 1 del Código Procesal Penal”.
"Dispone el cese de toda medida de coerción que pese en contra de los procesados Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo, en ocasión de este proceso".
En el dispositivo, la Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por Wilson Camacho, procurador adjunto a la Procuraduría General de la República, Mirna Ortiz Fernández, procuradora general de corte de apelación, José Miguel Marmolejos y Wagner V. Cubilete García, procuradores fiscales; contra la sentencia núm. 502-01-2023-SSEN-00048, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 19 de mayo de 2023, que buscaba cambiar la sentencia dictada por una más ejemplificadora, contra la sentencia dictada en 2021.
"Declara con lugar los respectivos comentarios recursos de casación interpuesto por Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo, contra la antes descrita sentencia…"
Igual, se dispone el cese de toda medida de coerción que pese en contra de los procesados Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo, en ocasión de ese proceso.
Asimismo, la sentencia SCJ-SS-24-0969, del 31 de julio del año en curso, ordena le sean devueltos todos los bienes incautados a Díaz Rúa y Ángel Rondón; además, se ordena “el levantamiento de toda oposición, medida de restricción, orden de inmovilización de fondos, la radiación y cancelación de cualquier inscripción u oposición y medidas cautelares, disponiéndose la restitución de todos los bienes afectados en ocasión de este proceso”, en lo que se verifica razones sociales, empresas, apartamentos, cuentas de ahorros, entre otros.
Esta sentencia condenatoria fue dictada el 14 de octubre de 2021, dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, donde las magistradas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo encontraron culpable a Rondón culpable de soborno nacional y lavado de activos y a Díaz Rúa culpable del delito de lavado de activos proveniente del enriquecimiento ilícito.
Además de Díaz Rúa y Ángel Rondón, en este caso fue descargado de responsabilidad penal Conrado Enrique Pittaluga Arzeno.
La sentencia:
El tan sonado caso Odebrecht estalló en República Dominicana el 29 de mayo del 2017, durante la gestión de Jean Alain Rodríguez como procuradorgeneral.
En un principio se sometió a un total de 14 exfuncionarios y legisladores, de los cuales solo se envió a juicio de fondo a seis, de los que solo fueron condenados el exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, y el empresario representante de la multinacional en República Dominicana, Ángel Rondón.
Con la decisión de la Suprema Corte de Justicia, no hay en República Dominicana condenados por el caso de corrupción considerado en su momento más emblemático caso de corrupción en el país. O sea, hoy Odebrecht en República Dominicana es "caso cerrado ".