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  • Economía
  • Por: Nino Germán Pérez
  • martes 26 noviembre, 2024

Junta Monetaria libera RD$35,335 millones del encaje legal para construcción y compra de viviendas

SANTO DOMINGO.-La Junta Monetaria autorizó este martes al Banco Central a liberar 35,335 millones de pesos del encaje legal para préstamos destinados a la construcción y adquisición de viviendas. Este monto equivale al 1.75 % del pasivo sujeto a encaje de cada entidad, calculado al 25 de octubre

Los recursos serán distribuidos de la siguiente manera: el 40 %, equivalente a 14,142 millones de pesos para la compra de viviendas de bajo costo, con un precio a la fecha de 5,025,380.75 pesos. 

El restante 60 % (21,213 millones de pesos) irá a préstamos para la construcción y adquisición de viviendas.

Estos financiamientos serán otorgados a las personas a través de las entidades de intermediación financiera

El monto liberado equivale al 1.75 % del pasivo sujeto a encaje de cada entidad, calculado al 25 de octubre.

En la certificación de la Junta Monteria, con fecha de este martes 26 de noviembre, se establece que los recursos liberados del encaje legal serán distribuidos de forma gradual, hasta alcanzar la proporción de la cuota correspondiente a cada entidad.

Antes del reconocimiento de los préstamos como cobertura del encaje legal, cada entidad deberá remitir al Banco Central los documentos requeridos, así como una copia de los contratos de los préstamos correspondientes. Estos documentos serán evaluados para validar su cumplimiento con las condiciones establecidas, incluyendo su consistencia con los topes de monto de crédito, el valor de la vivienda y los sectores económicos destinados al crédito.

Las entidades financieras dispondrán de un plazo de un año, a partir de la publicación del instructivo, para canalizar los recursos liberados mediante préstamos interinos, así como en la construcción y adquisición de viviendas, especialmente las de bajo costo.

En el caso de los préstamos para la adquisición de viviendas que no correspondan a bajo costo, el valor de tasación del inmueble no podrá exceder los 15 millones de pesos, ajustable mediante el instructivo.

Condiciones para los préstamos

Los préstamos otorgados con los recursos liberados deben cumplir con una serie de condiciones para ser considerados como cobertura del encaje legal:

  • Los préstamos deben ser nuevos, otorgados a partir de la fecha de publicación del instructivo.
  • La tasa de interés de los préstamos deberá ser de hasta un 10 % anual, salvo en el caso de los préstamos a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
  • Las solicitudes de liberación de recursos del encaje legal deberán cumplir en su totalidad con los requisitos específicos contemplados en el instructivo, incluyendo la entrega de copias de los contratos de préstamo y cualquier otra documentación que respalde el cumplimiento.

Los préstamos serán reconocidos como cobertura de encaje legal por un plazo máximo de dos años, salvo en el caso de aquellos orientados a la adquisición de viviendas, que podrán ser reconocidos por hasta siete años. Cabe destacar que estos plazos podrán ser modificados por el Banco Central, según lo ameriten los niveles de liquidez del sistema financiero y las tenencias de efectivo para cobertura de encaje legal.

Supervisión del uso de los recursos liberados

El Banco Central y la Superintendencia de Bancos supervisarán los préstamos otorgados y verificarán el cumplimiento de los mismos. En caso de incumplimiento, los préstamos incluidos como cobertura del requerimiento de encaje legal cesarán, y la entidad financiera deberá reponer en efectivo los recursos.

La Junta Monetaria hizo una última liberación de encaje legal en junio del 2023, como parte de parte de un conjunto de medidas de provisión de liquidez por 94,000 millones de pesos, divididos de la siguiente manera:

Unos 34,000 millones de pesos, equivalentes al 2 % del pasivo sujeto a encaje legal, para ser canalizados como préstamos a los sectores productivos y hogares, a través de los bancos múltiples, asociaciones de ahorros y préstamos y demás intermediarios financieros, a una tasa de interés de hasta 9 % anual, con vigencia de cuatro años.

Adicionalmente, la Junta Monetaria dispuso la creación de una nueva Facilidad de Liquidez Rápida (FLR) por 60,000 millones de pesos, con el objetivo de proveer de liquidez adicional al sistema financiero y facilitar el financiamiento al sector privado, a una tasa de interés no mayor al 9 % anual por dos años.

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