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  • Por: Belkys Castillo
  • martes 24 junio, 2025

JUDEMO entiende afirmaciones públicas de jueces, fiscales y abogados pueden afectar la credibilidad en el sistema de justicia ”lo que es altamente lesivo para un Estado de derecho”

La asociación enfatiza la importancia de la independencia judicial y critica prácticas populistas que dañan la credibilidad del sistema judicial, instando a respetar el debido proceso y la normativa legal vigente.

jueza fatima veloz

República Dominicana.-La Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO), entiende que, “tratándose de una decisión apelable y, en consecuencia, susceptible del escrutinio de la alzada, lo procedente es agotar las vías que ofrece el ordenamiento jurídico, teniendo en cuenta que las afirmaciones públicas de los actores del sistema (jueces – fiscales y abogados) son capaces de afectar significativamente la credibilidad en el sistema de justicia, generando desconfianza e intranquilidad, lo que es altamente lesivo para un Estado de derecho”.

Se refiere a la medida de coerción impuesta a los propietarios de la colapsada discoteca Jet Set, los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, quienes fueron dejados en libertad, con garantía económica de RD$50 millones y presentación periódica.

Y es que, la decisión de la jueza Fátima Veloz, ha sido cuestionada, tanto por el Ministerio Público, que advirtió apelará, como por la representación legal de las víctimas de la tragedia registrada la madrugada del martes 8 de abril, minutos después de haberse iniciado el “lunes bailable” con La Voz Más Alta del Merengue, Rubby Pérez, y su orquesta.

El comunicado de JUDEMO

La Asociación Jueces Dominicanos para la Democracia (JUDEMO), entidad cuya principal misión es velar por la necesaria independencia judicial, como una garantía de todos a ser juzgados con apego irrestricto a la norma, preocupada por el impacto de informaciones que han sido colocadas en la palestra pública sobre la magistrada Fátima Veloz, con ocasión de una decisión rendida en el marco de sus funciones, desea fijar posición en el sentido de que:

 1. Reconocemos que las figuras de la inhibición y la recusación han sido consagradas para que, de concurrir las causales descritas por el legislador, el juzgador sea separado del proceso, como garantía de la imparcialidad que debe imperar en toda decisión judicial.

2. En el caso particular, luego de haber abrevado de las mismas fuentes puestas a disposición de la ciudadanía, confirmamos que en la solicitud de medida de coerción presentada a la magistrada Fátima Veloz no reposa ningún dato que relacione la petición con personas distintas a las indicadas en la parte petitoria, y que, con relación a éstas, la misma no identificó causal de inhibición ni fue presentada recusación.

3. En virtud del principio de personalidad de la persecución, consagrado en el artículo 17 del Código Procesal Penal, los jueces sólo pueden poner atención en los imputados señalados en la solicitud, únicos sobre los cuales están llamados a realizar el correspondiente examen de vinculación y la concurrencia de causales de inhibición o recusación.

4. JUDEMO reconoce en la magistrada Fátima Veloz, una juzgadora responsable, honorable, de trayectoria íntegra y transparente, apegada a los valores que deben acompañar a todo juzgador.

5. Entendemos que, tratándose de una decisión apelable, y, en consecuencia, susceptible del escrutinio de la alzada, lo procedente es agotar las vías que ofrece el ordenamiento jurídico, teniendo en cuenta que las afirmaciones públicas de los actores del sistema (jueces – fiscales y abogados) son capaces de afectar significativamente la credibilidad en el sistema de justicia, generando desconfianza e intranquilidad, lo que es altamente lesivo para un Estado de derecho.

Por todo esto, invitamos a que, en toda decisión judicial, se examinen los motivos exteriorizados por el juzgador como parte de la obligación de motivación que garantiza la transparencia y permite la depuración pública, ejerciendo así su rol de veedor desde la información.

JUDEMO comparte plenamente que la labor jurisdiccional esté sujeta al escrutinio público, como garantía de transparencia y legitimidad, reconociendo en los medios un papel vital para la consecución del Estado de derecho.

Lo que nos preocupa es el daño que a la dignidad de cualquier juez puede producir el apartarse de este orden legal, sustituyéndolo con prácticas populistas que se alejen de las reglas del debido proceso y que afectan significativamente a la persona del juez, quien al igual que todos es un ente social, parte de un núcleo familiar y de un Poder del Estado que merece ejercer su labor de forma independiente, abrazando los principios de legalidad, supremacía constitucional y tutela judicial efectiva.

Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 23 días de junio de 2025.

El comunicado lo firman Rosanna Vásquez Febrillet, en su calidad de presidenta de la Asociación y, Elka Reyes Olivo, secretaria general.

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