Santo Domingo. – El Senado de la República aprobó en primera lectura el proyecto de ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, que tipifica nuevas conductas delictivas, y contempla cúmulo de penas de hasta 60 años de prisión.
En una sesión maratónica que dio inicio a las 11:05 de la mañana, y finalizó a las 5:31 de la tarde, fue aprobado el proyecto a unanimidad y de pie, con una votación de 23 senadores presentes.
Al iniciar los trabajos, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, autorizó dar lectura al proyecto de Ley que contiene unos 413 artículos que vienen a sancionar diferentes delitos y violaciones penales.
Esta novedosa propuesta legislativa fue presentada al Pleno por los senadores Ramón Rogelio Genao, Alexis Victoria, Félix Bautista, Cristóbal Venerado Castillo, Jonhson Encarnación, Moisés Ayala Pérez, Guillermo Lama y Odalis Rodríguez.
Esta reforma al Código Penal, que constituye una transformación estructural no solo de la ley, sino, del entendimiento propio del sistema penal dominicano; contiene novedades como el que destaca el artículo 52, en el que se señala que el límite de la pena aplicable en el concurso de infracciones muy graves que conlleven penas de la misma naturaleza no podrá ser en ningún caso superior a sesenta años de prisión.
En tanto, que, los artículos 95 y 96 castigan con penas entre 10 y 30 años de prisión los atentados dolosos contra personas, como el homicidio, y el homicidio agravado.
En el artículo 97 refiere que el feminicidio constituye el hecho que cause la muerte de una mujer, independientemente de la edad, relación de pareja, y sin importar el lugar donde ocurra, será sancionado con pena de treinta a cuarenta años de prisión mayor.
La referida pieza indica en el artículo 102, que quien planifique un acto de sicariato, encargue, ordene o ejecute de manera directa o indirecta, un asesinato, a cambio de entregar o recibir una remuneración o a cambio de una promesa de remuneración, es culpable de sicariato, y será sancionado con penas de treinta a cuarenta años.
La normativa legislativa, leída íntegramente por el Pleno del Senado, contempla penas mayores en el artículo 191, para los que cometen explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, así como la utilización de personas menores de edad en actividades sexuales a cambio de dinero. Este delito será castigado con penas mayor de 10 a 20 años.
La ley contempla, también, el castigo con diferentes penas al delito de hostigamiento o intimidación “Bullying”, tortura, actos de barbarie, ciberdelitos, uso de sustancias nocivas o ácido del diablo, actividad sexual no consentida, extorsión y chantaje, la corrupción, entre otros tipos penales que se contemplan en el nuevo código.
Esta reforma se presenta como una solución a una necesidad imperiosa de satisfacer la complejidad y evolución del crimen contemporáneo. La propuesta presenta respuesta novedosa en materias como género, tecnología, crimen organizado y derechos humanos.
De los Santos solicitó a sus pares dejar sobre la mesa varias resoluciones pendientes, para ser sancionadas en los trabajos de una próxima sesión.