Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral se declaró este lunes incompetente para conocer una acción de amparo preventivo de extrema urgencia que interpuso el abogado Ángel Lockward en contra de la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) sobre el arrastre.
En su sentencia 014-19, el tribunal acogió la excepción de incompetencia planteada por JCE en virtud de los precedentes vinculantes establecidos por el Tribunal Constitucional en sus sentencias TC 0282-17, TC 0082-18 y TC 0624-18.
“Según dichos precedentes lo denunciado por el accionante es imputable a un órgano administrativo cuyo control jurisdiccional compete al Tribunal Superior Administrativo (TSA)”, establece la sentencia que contó con los votos disidente los magistrados Román Jáquez Liranzo y Arístides Madera Arias.
Con la decisión adoptada por TSE, la competencia se le impone al Tribunal Superior Administrativo donde al menos siete partido han accionado en contra de la resolución 08-2019 sobre la forma de elección de los senadores.
Se recuerda que el Tribunal Constitucional esta apoderado de varios recursos en contra de la manera en que la JCE reglamento le Ley 15-19 de Régimen electoral.