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  • Por: La Redacción
  • jueves 18 julio, 2019

Andrés Bautista también apela fallo juez Francisco Ortega por Caso ODEBRECHT

La defensa técnica indicó que este recurso de apelación debe ser admitido y acogido por dicha Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, dado que la decisión del juez Ortega Polanco constituye "un nefasto precedente para el sistema de justicia penal.

Santo Domingo. – En la mañana de hoy, Andrés Bautista García, imputado en el caso Odebrecht, presentó ante la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia un formal recurso de apelación en contra del auto de apertura a juicio de fondo, dictado en su contra por el magistrado Francisco Ortega Polanco.

La defensa técnica indicó que este recurso de apelación debe ser admitido y acogido por dicha Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, dado que la decisión del juez Ortega Polanco constituye "un nefasto precedente para el sistema de justicia penal, ya que con ella se convirtió de un plumazo en legislador y también en Constituyente, al crear reglas procesales no existentes y reservadas al legislador, violando así el principio de separación de poderes que establece la Constitución y las garantías, tanto procedimentales como dogmáticas, de la Constitución de la República”.

Carlos Salcedo, quien dirige el consejo de defensa de Bautista García y los demás integrantes de la defensa, Antoliano Peralta, Gustavo de los Santos y Thiaggo Marrero, añade que el magistrado Ortega Polanco prevaricó, al señalar textos como el artículo 24 de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción que, supuestamente, dispone la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción administrativa, cuando dicho artículo en ningún lugar así lo dice, además de que nuestra Constitución lo que establece es la posibilidad de que el legislador amplíe los plazos de prescripción, sin que exista una ley, tampoco, que establezca dicha imprescriptibilidad.

De igual forma, la defensa técnica de Andrés Bautista García manifestó que, de mantenerse el auto de apertura a juicio, el juez Ortega Polanco se aniquilaría el sentido de la audiencia preliminar y la función del juez, convirtiéndose éste en un juez-Ministerio Público, retrotrayendo con esto el proceso penal al sistema inquisitivo, el cual quedó felizmente superado con el Código Procesal Penal.

Señalaron, además, que el magistrado Ortega Polanco consagró la violación al derecho de defensa y al debido proceso por parte del Ministerio Público, al admitir las delaciones premiadas y al darle la naturaleza de pruebas documentales a los informes periciales que presentó el órgano acusador, no obstante esto, ser contrario a la norma y no amparado en el principio de libertad probatoria que el juez Ortega desnaturalizó para permitir el contrabando de pruebas y la obtención de éstas de espaldas a las garantías y derechos de Andrés Bautista García.

De igual forma, indicaron que ha sido una jurisprudencia constante de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia como del Tribunal Constitucional la admisión y conocimiento de recursos en contra de autos de apertura a juicio por violación a cuestiones de índoles constitucional, tal como sucede con el auto de apertura a juicio dictado por Francisco Ortega Polanco, que se lleva de encuentro el principio de irretroactividad de la ley y de la Constitución, la división de poderes, la igualdad entre las partes, el principio de contradicción y de oralidad, elementos estructuradores del proceso penal, constitucionalmente admitido.

Por los tantos vicios constitucionales y de violaciones flagrantes de derechos fundamentales de Andrés Bautista, sus abogados confían en que los jueces de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, actúen apegados a sus propios precedentes jurisprudenciales y admitan el recurso de apelación, acojan el recurso de apelación y revoquen el auto de apertura a juicio por éste contener serias violaciones de índole constitucional que ponen en entredicho la institucionalidad democrática y el Estado de Derecho.

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