SANTO DOMINGO, RD.- El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) acogió este lunes la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) del pasado viernes, por lo que el orden de las boletas para las comicios municipales será en base a los votos válidos obtenidos por los partidos, agrupaciones y movimientos políticos a nivel presidencial en las elecciones de 2016.
Un comunicado de prensa de la institución señala que como consecuencia de los efectos de la suspensión de la resolución 34-2019, resulta necesario establecer un nuevo orden de colocación de los partidos en la boleta electoral.
El nuevo orden de colocación lleva el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) a la casilla número tres, posición que reclamaba el PRSC, ahora en la casilla 4, y que le había otorgado la Junta Central al Partido Reformista Social Cristiano en la resolución 34-19.
El pleno de la JCE estableció que la suspensión ordenada por el TSA, deja la citada resolución “sin posibilidad de ser ejecutada”, motivo por el cual “se ve compelida por los tiempos que establece el calendario electoral aprobado y los plazos legales que están corriendo a decidir al respecto de la conformación y el orden de las boletas para las elecciones municipales del 16 de febrero del 2020.
En adición al criterio de votos válidos obtenidos por los partidos, agrupaciones y movimientos políticos en el nivel presidencial en las elecciones de 2016, la decisión establece que los partidos que no participaron con recuadro único en los comicios del 2016 o que no concurrieron a los mismos, fueron colocadas luego del orden señalado en la resolución, seguidos de las agrupaciones y movimientos políticos que participaron con recuadro único en las referidas elecciones o que no concurrieron a las mismas.
Finalmente, los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que obtuvieron su reconocimiento luego de transcurridas las elecciones del año 2016, serán colocados tomando como base la categoría de la organización o la fecha de la resolución mediante la cual se le otorga el reconocimiento y el orden que ocuparen en la misma, en la respectiva demarcación territorial.