proceso.com.do
  • Nacionales
  • Por: Francisco Javier Mena
  • viernes 12 febrero, 2021

El presidente Luis Abinader crea mediante decreto el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional

Una de las atribuciones del Consejo es la asesoría al presidente de la República sobre la formulación de políticas en materia de seguridad.

SANTO DOMINGO, RD.- El Presidente Luis Abinader creó este viernes  mediante el decreto 86-21 el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, que es el órgano de más alto nivel de decisión de política y coordinación estratégica en materia protección del Estado.

El Consejo establece las normas y lineamientos técnicos para la implementación y evaluación de la seguridad y defensa nacional y una de sus atribuciones es la asesoría al presidente de la República en la formulación de políticas en materia de seguridad.

El artículo 5 de su reglamento dice que el Consejo está compuesto por el presidente Luis Abinader, quien lo preside; el ministro de Defensa (Carlos Luciano Díaz Morfa), el ministro de la Presidencia (Lisandro Macarrulla), el ministro de Interior y Policía (Jesús Vásquez), el director del Departamento Nacional de Investigaciones -DNI- (Luis Soto), el director de la Policía Nacional (Edward Sánchez González) y el presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas –DNCD- (José Manuel Ulloa).

El decreto también indica como parte de las atribuciones del Consejo que este debe ser consultado sobre la autorización de entrada y salida de tropas extranjeras en el territorio dominicano, velar por la actualización de la legislación nacional en materia de seguridad y defensa, aprobar el plan de adquisiciones de equipamiento militar de carácter estratégico, destinado a la defensa nacional, procurando dentro de la función asignada a cada institución castrense la estandarización del equipamiento.

Según establece el artículo 7, el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional se reunirá de manera ordinaria una vez cada dos meses, y de manera extraordinaria, cuando el presidente lo convoque.

El artículo 16 señala que lo tratado en la sesión del Consejo no será de acceso público y dependiendo de su naturaleza serán sometidos a restricción total o parcial, de conformidad con la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública.

Conecta con nosotros
Más de Nacionales Ver todas
Últinas Noticias
Boletín Semanal

Las noticias más relevantes de la semana en su email.

Tú contenido importa
Tú también puedes informar que pasa en tu comunidad o tus alrededores.
Videos, fotos y noticias para publicarla en nuestros medios.
Boletín Diario