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  • Política
  • Por: Francisco Javier Mena
  • martes 22 febrero, 2022

El TC sigue “despedazando” lo que queda de la ley 33-18 de partidos políticos

La alta corte declara nulo el numeral 7 del artículo 44 de la legislación.

SANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Constitucional continúa “despedazando” lo que queda de la ley 33-18, tras declarar la nulidad del numeral 7 del artículo 44 de la legislación  de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, que  prohíbe la propaganda política mediante mensajes publicitarios en radio y televisión durante la precampaña electoral.

La alta corte consideró  que la medida impuesta por el legislador en el numeral 7 del artículo 44 de la ley de partidos desborda su carácter de necesidad, por lo que determinó que viola los artículos 40.15 y 49 de la Constitución de la República.

El Tribunal Constitucional acogió así una  acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Prensa y Derecho.

Antes, el Tribunal Constitucional había declarado la inconstitucionalidad de otras disposiciones de la ley de partidos, que fue promulgada  el 15 de agosto del 2018.

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