SANTO DOMINGO.- En momentos en que miles de haitianos huyen de su país, un proyecto de ley integral sobre trata de personas, explotación o tráfico ilícito de migrantes, sometido por el Poder Ejecutivo ante el Senado de la República el 12 de diciembre de 2022, contempla derechos y acciones a favor de las víctimas de estos delitos.
La pieza legislativa, que se encuentra en fase de estudio en el Senado, establece en su artículo 63 gestionar la permanencia regular de las víctimas en el país “debiendo realizar los trámites necesarios para obtener permisos migratorios y de residencia, cuando este último aplique”.
También podrán gestionar un permiso de trabajo, así como cualquier otro que les sea necesario ante las instituciones estatales correspondientes.
Además, las víctimas podrán optar por un seguro de salud, hasta tanto permanezcan dentro de la Unidad de Identificación, Atención y Protección de Víctimas, Sobrevivientes y Testigos de Trata de Personas, una entidad que será fundada en caso de aprobarse la ley.
En cuestiones de sus derechos, podrán recibir atención integral, asistencia y protección desde que sean identificados como víctimas; disponer de tiempo para su recuperación y reflexión; participar de programas de atención; proporcionales un albergue seguro y especializado, así como la confidencialidad de sus datos.
También dispondrán de un “retorno asistido” a sus lugares de procedencia, que se realizará en conjunto con la embajada o consulado del país.
Un paquete incluido
En las medidas de protección de las personas objeto de trafico ilícito de migrantes, contenida en el artículo 75 del proyecto, se establece que el migrante objeto de tráfico ilícito tendrá los “derechos irrenunciables e indivisibles”, como protección de su integridad física y emocional, protección de su identidad y privacidad y el respeto a su personalidad.
También, recibir información clara y comprensible sobre los derechos que le asisten, en un idioma o medio que comprenda acorde a la edad, grado de madurez o discapacidad, igual que ser informado de su derecho de ponerse en contacto con representantes diplomáticos o consulares de su país de nacionalidad.
También, anota que debe recibir información clara y comprensible sobre su situación legal y migratoria y sus opciones en un idioma o medio que comprenda acorde con su edad, grado de madurez o discapacidad.