SANTO DOMINGO, RD. – E l Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP), pidió este jueves a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y de la Comisión Permanente de Pensiones (CPP) que emitan una resolución que les reconozca el derecho a pensión que por ley les corresponde como lo establece la Ley 379-81.
El coordinador general del movimiento, Luis Holguín Veras, indicó que han pasado 6 meses desde que el gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social, Edward Guzmán y la directora general de la DIDA, Carolina Serrata Méndez, se comprometieron a satisfacer el reclamo del Mopesep, durante el primer trimestre de 2023, es decir, hasta el 31 de marzo del año en curso y que a la fecha no han recibido respuesta a sus demandas.
Agregó que el MOPESEP solicita permanecer en el sistema de reparto al que tienen derecho todos los servidores públicos amparados en la Ley 379-81, sin importar la edad, como establecen los artículos 35, 38 y 39 de la Ley 87-01, derecho que por ser un derecho laboral tal y como lo reconoce la Ley 41-08, es irrenunciable.
El movimiento también pide la eliminación del límite de los ocho salarios mínimos a las pensiones del sistema de reparto, contenida en l Ley 379-81 que establece como tope máximo a las pensiones que se otorgan por esta legislación ese tope de salarios.
Luis Holguín explico que en las pensiones que otorga por Decreto el presidente de la República no se cumple con este límite y en al menos siete instituciones públicas no cumplen con esa norma.
Los servidores públicos reclaman además el cumplimiento del derecho de los pensionados a disfrutar del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.
A esto agregaron que ese derecho “continúa siendo conculcado por las autoridades del CNSS, negándoles el disfrute de este derecho a las personas cuando se pensionan.
“Nosotros no estamos pidiendo un regalo, no estamos pidiendo nada que no nos corresponda. Estamos pidiendo que se reconozca el derecho de los servidores públicos que trabajamos en el Estado desde antes de la ley 87-01 a ser pensionados por la Ley 379-81 y que en los artículos 35, 38 y 39 de la ley 87-01 son reconocidos nuestros derechos», aclaró Holguín Veras.
Asegura que todos los servidores públicos amparados por la Ley 379-81 viven la angustia de no tener la certeza de que sus derechos serán reconocidos y cumplidos.
“La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), ni la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), ni tampoco el Defensor del Pueblo le han acompañado en la forma en la que están llamados a proteger a los ciudadanos (afiliados) en la protección de sus derechos”, manifestó.
“Para las AFP negar mi pensión es un negocio, para mí es lo que asegura mi futuro” …” Quiero vivir mi retiro a plenitud, no morir en la miseria”, fueron algunas de las consignas plasmadas en las pancartas que llevaban en manos los servidores públicos, durante una concentración frente a la Torre de la Seguridad Social, ubicada en el sector de Naco.