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  • Política
  • Por: Nino Germán Pérez
  • martes 29 agosto, 2023

Fuerza del Pueblo dice JCE pone en peligro y alto riesgo buen montaje de elecciones

SANTO DOMINGO.- La Fuerza del Pueblo advirtió hoy que la Junta Central Electoral pone en peligro y alto riesgo el buen montaje de las elecciones del 2024, al ratificar su decisión de prohibir marchas y mítines en esta fase de la precampaña.

“Es lamentable que la Junta Central Electoral  pierda de vista el espíritu de integralidad con relación a la sentencia del Tribunal Constitucional que dejaba nulos los artículos  de las leyes que intentaban prohibir la libertad de reunión y la libertad de expresión”, sostuvo Manuel Crespo, delegado político de la Fuerza del Pueblo ante la Junta Central Electoral.

Crespo dijo que es clara la intención del órgano de elecciones de desconocer el artículo 48 de la Constitución que consagra la libertad de reunión y de organización en República Dominicana.

Adelantó que la Fuerza del Pueblo y otros partidos de oposición se reunirán con sus equipos técnicos para evaluar la situación y decidir las respuestas y las medidas a tomar.

Respondiendo a una solicitud de revisión realizada por los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Dominicano (PRD) y Fuerza del Pueblo, la JCE indica que acoge parcialmente el reclamo de esas entidades, pero que los numerales 1, 2, 3, 5 y 8 del artículo 44 de la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas no han sido declarados “inconstitucional” por ninguna corte.

“En virtud del efecto vinculante de las sentencias del Tribunal Constitucional, la solicitud formulada por las indicadas organizaciones políticas en lo concerniente a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley No. 33-18 de Partidos. Agrupaciones y Movimientos Políticos y sus numerales 4,6 y 7, no así en lo que respecta a los numerales 1, 2, 3, 5 y 8 del referido artículo, ya que los mismos no han sido declarados Inconstitucionales por ningún tribunal; sin embargo, la sanción prevista en el párrafo III del artículo 44 de la Ley No. 33-18 de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, relativa a la retención de los fondos públicos que aporta el Estado a las organizaciones políticas. Fue declarada no conforme con la Constitución de la República, según lo dispuesto en la sentencia TC/0441/19 del 10 de octubre de 2019, dictada por el Tribunal Constitucional”, señala la resolución.

Agrega que está prohibida la propaganda que perjudique la estética urbana, dañe el medio ambiente y los recursos naturales, o contravenga las disposiciones sobre ornato municipal.

La JCE había dado un plazo de 15 días a los partidos para que retirara la publicidad prohibida por las leyes electorales, plazo que venció el pasado viernes 25 de agosto.

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