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  • Economía
  • Por: Nino Germán Pérez
  • lunes 07 octubre, 2024

Turismo y cine entre sectores que no tendrán tratamientos fiscales, informa Gobierno

En el caso de los incentivos a las zonas francas se realizarán ajustes relacionados con las empresas operadoras de parques de zonas francas, las cuales en su esencia son empresas de alquiler de inmuebles y provisión de ciertos servicios.

SANTO DOMINGO.-El ministro de Hacienda, Jochi Vicente, dijo que los incentivos son para ayudar a las empresas a establecerse o a compensar ciertos costos durante un plazo razonable mientras logran ser rentable, pero resulta que la gran mayoría de esas leyes tienen décadas de haber sido promulgadas. Por ejemplo, la ley de CONFOTUR (turismo) es del 2001.

La ley de Cine es del 2010.En la Semanal con la Prensa, Vicente dijo que en las leyes mencionadas anteriormente algunos incentivos no tienen necesidad de ser mantenidos y otros serán mantenidos con algunas modificaciones.

Específicamente, informó Vicente, se están derogando los tratamientos fiscales preferenciales al sector turismo, al cine, a la industria, a la cadena textil, los relacionados con los fideicomisos y los relacionados con la ley de mecenazgo.

El funcionario manifestó que el BONO ITBIS y ciertas exenciones para fideicomisos orientados a proyectos de vivienda de bajo costo serán mantenidos por su importancia en el desarrollo de ese segmento de viviendas, el cual es un eje estratégico del gobierno gobierno.

En el caso de los incentivos a las zonas francas se realizarán ajustes relacionados con las empresas operadoras de parques de zonas francas, las cuales en su esencia son empresas de alquiler de inmuebles y provisión de ciertos servicios.

Por otro lado, las empresas de zonas francas que vendan al mercado local podrán elegir entre realizar una declaración jurada por los beneficios de sus ventas al mercado local o pagar un 5% de las mismas por concepto de presunción del impuesto sobre la renta.

Un tratamiento similar operará para las empresas logísticas.

En el caso de la ley de desarrollo fronterizo, se proponen modificaciones para garantizar que la misma sea utilizada para inversiones mayores al equivalente de US$5,000,000 y que mantengan una nómina no inferior a 100 empleados de la zona permanentes durante toda la operación de la empresa.

La exención sobre los impuestos a los combustibles fósiles se limitará a aquellas empresas que vendan su energía al sistema eléctrico nacional interconectado.

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