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  • Economía
  • Por: Belkys Castillo
  • miércoles 06 mayo, 2026

Mipymes y contribuyentes no clasificados tienen 6 meses de prórroga para implementar facturación electrónica; DGII advierte sanciones a quienes vencido el plazo incurran en infracciones tributarias

Finalizado el plazo de la prórroga, los incumplimientos en la implementación de la facturación electrónica serán sancionados según la Ley 32-23 de Facturación Electrónica.

República Dominicana.-La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso una prórroga administrativa de carácter excepcional y generalizada, por un período de seis meses, para que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y contribuyentes no clasificados completen la implementación de la facturación electrónica.

La DGII precisó que esta extensión, que inicia a partir del 15 de mayo del 2026, aplicará automáticamente sin necesidad de realizar una solicitud.

Sin embargo, la institución advierte que, una vez vencido el plazo de la prórroga otorgada, los contribuyentes que no hayan implementado la herramienta incurrirán en infracciones tributarias, sujetas a las sanciones establecida en la Ley 32-23 de Facturación Electrónica.

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