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  • Política
  • Por: Nino Germán Pérez
  • viernes 26 junio, 2026

Junta Central Electoral advierte es ilegal la consulta interna del PLD a efectuarse el próximo 26 de octubre

El proceso del PLD fue declarado improcedente por la JCE, respaldado por la sentencia TSE/0011/2025, al promover anticipadamente a un candidato y violar la Ley 33-18 que regula las candidaturas internas.

SANTO DOMINGO. – La Junta Central Electoral (JCE) declaró ilegal e improcedente la denominada consulta interna del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), al determinar que ese proceso carece de respaldo en el marco legal vigente y no puede realizarse antes del inicio del período de precampaña.

La decisión fue adoptada tras una solicitud presentada por el aspirante presidencial y miembro del Comité Político del PLD, Francisco Domínguez Brito.

La certificación emitida por el Pleno del organismo electoral responde a una comunicación remitida por Domínguez Brito, quien solicitó a la JCE establecer si la consulta organizada por la Comisión Organizadora de la Consulta sobre Aspirantes Presidenciales (CONAP) era compatible con el borrador del Reglamento del Período Previo a la Precampaña.

Al responder la solicitud, la JCE indicó que la denominada consulta interna «no se encuentra dentro del marco de la ley», al precisar que la Constitución, la Ley 20-23 del Régimen Electoral y la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establecen los mecanismos y las etapas en que deben desarrollarse los procesos internos de selección de candidaturas.

Asimismo, el órgano electoral fundamentó su decisión en la sentencia TSE/0011/2025 del Tribunal Superior Electoral (TSE), que estableció que el proceso diseñado por el PLD se desarrolla antes del inicio formal de la precampaña, promueve de manera anticipada a un aspirante específico y le otorga una ventaja indebida sobre los demás competidores internos.

La JCE agregó que ese mecanismo vulnera el principio de equidad en la competencia electoral y contraviene el artículo 25, numeral 5, de la Ley 33-18, que prohíbe favorecer o privilegiar candidaturas internas antes de los plazos establecidos por la legislación.

La certificación fue aprobada por el Pleno de la JCE en su sesión administrativa ordinaria No. 05-2026 y remitida oficialmente a Francisco Domínguez Brito el 25 de junio de 2026.

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